¿Cuál es el tratamiento legal, fiscal y laboral que deben seguir las Sociedades y Asociaciones Civiles en México?

21.11.2018

Hay que comenzar definiendo qué es una Asociación Civil y una Sociedad Civil; ambas son organizaciones constituidas por un grupo de personas que tienen un fin en común, y que desde un inicio, se redactan los estatutos o el documento fundacional de la organización y un final establecido, sea por una fecha límite o el final de la labor. En el caso de la Sociedad Civil, las personas que se juntan buscan un beneficio económico, mientras que en las Asociaciones se busca promover un fin no lucrativo, que pudiera ser deportivo, cultural, religioso o de bienestar social.

Las actividades que realizan son promovidas por el Estado bajo el amparo de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, y un incumplimiento a cualquier ley en materia fiscal y laboral puede acarrear sanciones o la extinción de la organización, o en su defecto, se puede obtener algún beneficio fiscal por la labor que realiza, como no pagar un porcentaje de impuestos.

Las sociedades se rigen por un carácter civil al no obtener un beneficio comercial, por lo que no son contribuyentes para la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), entendiéndose que no tendrían que pagar Impuestos sobre la Renta (ISR), sin embargo, esto dependerá finalmente de las actividades que realicen en relación con sus estatutos sociales.

Aquellas sociedades o asociaciones civiles que tengan ingresos por actividades de enajenación de bienes distintos a los de su compañía o presten servicios a personas distintas a sus miembros sí serán consideradas para el pago de ISR. Así mismo se puede solicitar a la autoridad fiscal una autorización especial para recibir donativos deducibles de impuestos para algunas actividades como: Instituciones de asistencia y de beneficencia, difusión de música, establecimientos de enseñanza, protección o restauración del patrimonio cultural del país o de apoyo a museos; esto permite recibir recursos que ayudan a desarrollar su actividad y al mismo tiempo las personas que realizan la donación pueden deducir el efecto fiscal.

Cualquier actividad que no esté autorizada pagará impuestos, siempre y cuando estos ingresos superen el 10% del total del ejercicio correspondiente, tomándose en cuenta el pago de impuestos de acuerdo con el régimen general de personas morales.

Cuando se produce la enajenación de bienes, intereses o la obtención de premios se debe considerar el pago de ISR de acuerdo a las leyes e impuestos indicados por la LISR. Estableciéndose según la LISR que aquel tipo de impuesto no aplicará para: Partidos y Asociaciones Políticas, Sociedades de inversión especializadas en fondos del retiro y Donatarias autorizadas.

Se debe tener muy presente que dependerá de las actividades realizadas por las sociedades o asociaciones civiles el pago de impuestos o no, y que la Ley de Impuestos Sobre la Renta, contempla diferentes especificaciones respecto a cómo y cuándo aplicarán aquellos impuestos.

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